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Corte Suprema

SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION c/ MINISTERIO DE TRABAJO Y OTRO s/ENCUADRAMIENTO SINDICAL ART. 62 LEY 23.551

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de Cafés La Virginia S.A. y dejó sin efecto la sentencia que fijó el encuadramiento sindical de sus corredores en la Asociación de Viajantes, por haber omitido pronunciarse sobre la legitimación activa de la empresa y sobre el planteo de inconstitucionalidad del art. 3° de la ley 14.546.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 426. XXIX. RHE
Recurso extraordinario Arbitrariedad Legitimacion activa Encuadramiento sindical Personeria gremial Representacion horizontal y vertical Control de constitucionalidad Garantias de propiedad y defensa en juicio Ley 14.546 Ley 23.551

¿Quién es el actor?

Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Trabajo (con intervención de Cafés La Virginia S.A., recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinación del ámbito y encuadramiento sindical de los trabajadores corredores de Cafés La Virginia S.A.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes la queja y el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y se ordenó dictar una nueva decisión conforme a lo expresado. Costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...sobre la sola base de una desestimación genérica y dogmática de los argumentos de la interesada, el tribunal a quo omitió pronunciarse previamente con respecto a una cuestión sustancial (planteada en tiempo y forma), cual es la existencia de legitimación activa de la apelante para formular peticiones en la causa (tanto en sede administrativa como judicial)."

"...el planteo de inconstitucionalidad del art. 3° de la ley 14.546 habría sido extemporáneo (expresión, ésta, que no constituye una tácita desestimación de aquel agravio, sino una omisión de pronunciamiento). En efecto, al resolverse así se desconoció el principio de que una declaración de esta naturaleza no puede llevarse a cabo -con imperium- por la autoridad administrativa, sino sólo por el Poder Judicial."

¿Qué se resolvió?

"...el artificioso fundamento de no haber sido éste 'materia de tratamiento en la cuestión principal' jamás pudo eximir al a quo de establecer si concurría o no en la especie un supuesto en el que explícitamente debía declararse la supremacía de la Constitución Nacional frente a la ley (Fallos: 310:1401, disidencia del juez Fayt)."

Normas que cita

  • Ley 14.546art. 3
  • Ley 23.551art. 62 · Asociaciones sindicales
  • Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalarts. 14, 17, 18

Fallos que cita

  • Fallos 269:131CSJN
  • Fallos 311:1644CSJN
  • Fallos 310:1401CSJN

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