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Corte Suprema

GUTIERREZ PANIAGUA JUAN c/ BENITO ROGGIO E HIJOS SA CONSTRUCCIONES CIVILES ARAGON SA SITRA SA UTE Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

Un trabajador promovió demanda por indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo contra su empleadora y otras empresas integrantes de una U.T.E., en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara que había rechazado la demanda, ordenando dictar un nuevo fallo conforme al precedente Aquino, por haberse producido prueba relevante que debía ser valorada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 2052. XXXIX. REX
Accidente de trabajo Indemnizacion por incapacidad Ley 24.557 Ley de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Precedente aquino Constitucionalidad art. 39 ley 24.557 Prueba relevante Revocacion Nueva sentencia.

¿Quién es el actor?

Juan Gutiérrez Paniagua.

¿A quién se demanda?

Benito Roggio e Hijos S.A.; Construcción Civil Aragón S.A.; Sitra S.A. (U.T.E.) y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo (acción civil), en el marco de la Ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había rechazado la demanda, con costas, y ordenó que se dicte una nueva sentencia con arreglo al precedente "Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A." (Fallos: A.2652.XXXVIII, 21/09/2004).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios planteados en la apelación federal presentan sustancial analogía con las cuestiones debatidas y resueltas en la causa A.2652.XXXVIII 'Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A. s/ accidente ley 9688', fallada el 21 de septiembre de 2004. Luego, los que suscriben remiten a sus votos en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Para así resolver, el a quo tuvo en cuenta en síntesis y en lo sustancial el pronunciamiento dictado por esta Corte en el caso Fallos: 325:11 respecto de la constitucionalidad del art. 39, ley 24.557. Sin embargo, a diferencia de lo acontecido en aquel caso, en el sub examine se produjo prueba relevante acerca de la posible configuración de los presupuestos fácticos y jurídicos para la procedencia del reclamo, lo cual debió ser objeto de evaluación por la cámara."

"Que, en tales condiciones, las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte encuentran suficiente respuesta en lo debatido y resuelto en la causa A.2652.XXXVIII."

Nota: el voto del Dr. Maqueda es el único que fundamenta propiamente el fallo; los demás firmantes se remiten al precedente citado.

Normas que cita

  • Ley 24.557art. 39 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 9688 (Provincia De Buenos Aires)
  • CPCCNCodigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A.CSJN · 21/09/2004
  • Fallos 325:11CSJN

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