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Corte Suprema

ISAAC JORGE Y OTROS c/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/FRANCOS COMPENSATORIOS

Los actores demandaron a la Provincia de Buenos Aires por reclamos salariales vinculados a Obras Sanitarias, y la Suprema Corte bonaerense rechazó la demanda por falta de agotamiento de la vía administrativa, al exigir un recurso de revocatoria establecido por un precedente posterior a la interposición de la demanda. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia por rigorismo formal que frustra el derecho de defensa en juicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 164. XXXI. REX
Agotamiento de la via administrativa Recurso de revocatoria Rigorismo formal Seguridad juridica Defensa en juicio Arbitrariedad Doctrina lesieux Reclamos salariales Obras sanitarias Irretroactividad jurisprudencial.

¿Quién es el actor?

Jorge Isaac y otros.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Obras Sanitarias).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos salariales articulados inicialmente por la vía administrativa, impugnados luego directamente en sede judicial mediante demanda del 4 de agosto de 1986.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que de las constancias de la causa se desprende -como se señala en el fallo apelado- que los actores, frente a la denegación de sus reclamos articulados por la vía administrativa, no dedujeron el recurso de revocatoria previsto en el ordenamiento adjetivo aplicable sino que impugnaron la decisión directamente en sede judicial mediante la demanda interpuesta el 4 de agosto de 1986".

"...la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires no exigía, para situaciones como la presente, la interposición del recurso de revocatoria como paso previo e ineludible sino, por el contrario, había sostenido que acudir a dicho remedio resultaba facultativo."

"...la solución dada al caso exhibe un injustificado rigorismo formal que conduce a la frustración del derecho de los litigantes a obtener -después de un prolongado proceso- una sentencia fundada en ley, de conformidad con lo prescripto por el art. 18 de la Constitución Nacional."

Remitiéndose a Fallos 311:2082 ("SACOAR"), la Corte señaló que "la solución que correspondía dar al caso debió estar revestida de especial prudencia, pues se encontraba en juego la pérdida del derecho material de los litigantes por la imposibilidad absoluta de volver a plantear el caso ante la justicia", y que debía respetarse la necesidad de "reglas claras de juego" en aras de la seguridad jurídica.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 18

Fallos que cita

  • SACOAR S.A.I.C. c/ Provincia de Buenos Aires s/ demanda contenciosoadministrativaCSJN · Fallos 311:2082
  • LesieuxSCBA · 11/12/1986
  • Fallos 242:234CSJN
  • Fallos 267:293CSJN
  • Fallos 299:344CSJN
  • Fallos 311:2082CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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