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Corte Suprema

LA CABAÑA SOCIEDAD ANONIMA c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema regulló los honorarios de los abogados intervinientes en la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por La Cabaña S.A. contra la Provincia de Buenos Aires por el impuesto sobre los ingresos brutos al transporte interjurisdiccional de pasajeros. La regulación se fundó en la imposibilidad de determinar objetivamente el monto del impuesto controvertido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 358. XXXV. ORI
Honorarios profesionales Regulacion de honorarios Accion declarativa de inconstitucionalidad Impuesto a los ingresos brutos Transporte interjurisdiccional de pasajeros Apreciacion pecuniaria Ley 21.839 Provincia de buenos aires Contribucion previsional Competencia originaria

¿Quién es el actor?

La Cabaña Sociedad Anónima.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad contra el impuesto a los ingresos brutos que la Provincia pretendía aplicar sobre la actividad de transporte interjurisdiccional de pasajeros.

¿Qué se resolvió?

se regularon los honorarios de los doctores Carlos Alberto De Cucco ($ 12.200), Gustavo Adolfo Blanco ($ 300) y Alejandro J. Fernández Llanos ($ 21.000). Los montos no incluyen la contribución del art. 62, inc. 2°, de la ley 1181 de la CABA, que debe adicionarse según la situación del profesional con el régimen previsional aplicable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"que el presente proceso es susceptible de apreciación pecuniaria con arreglo a lo decidido por esta Corte en el precedente de Fallos: 323:439; que en autos no existen elementos objetivos suficientes que permitan determinar el monto del impuesto a los ingresos brutos que la Provincia de Buenos Aires pretendía aplicar sobre la actividad de transporte interjurisdiccional de pasajeros que realiza la actora". La regulación se fundó en los arts. 6°, incs. b, c y d; 9°, 37 y 38 de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432. No hubo votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 21.839arts. 6, 9, 37, 38 · Aranceles y honorarios de abogados
  • Ley 24.432Honorarios profesionales
  • Ley 1181 (Caba)art. 62

Fallos que cita

  • Fallos 323:439CSJN

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