MANGIATERRA MIRIAM c/ ANSES s/
La Corte Suprema revocó la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 sobre el tope del haber jubilatorio en el reclamo de reajuste por movilidad promovido por una jubilada contra la ANSeS. El Tribunal consideró que, al no surgir de la causa la aplicación concreta del tope ni un perjuicio efectivo, la declaración de inconstitucionalidad había sido formulada en abstracto.
¿Quién es el actor?
Miriam Mangiaterra (jubilada).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber inicial de la prestación y su movilidad según el índice del nivel general de remuneraciones, cuestionando el tope establecido por el art. 55 de la ley 18.037.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema revocó la sentencia de la Sala I de la ex Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social que había declarado la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 y ordenado el recálculo del haber.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios del recurrente relacionados con el reajuste ordenado por el a quo han sido resueltos en contra de sus pretensiones en la causa S.2758.XXXVIII 'Sánchez, María del Carmen contra ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."
"Respecto del artículo 55 de la ley 18.037 que determina el tope máximo del haber jubilatorio, el organismo administrativo señala que se trata de una norma constitucional, porque el monto que determina ($ 1.899,12) resguarda razonablemente las garantías de propiedad y de movilidad de los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional."
"En la presente causa, no surge la aplicación del sistema de topes máximos del haber previsional de la jubilada durante los períodos en cuestión ni el perjuicio concreto que tal cálculo podría haberle ocasionado, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de dicha norma ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada."
Se remite, además, al criterio sustentado en el antecedente "Panizza" (Fallos: 326:216).
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Constitución Nacionalarts. 14, 17
Fallos que cita
- Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN
- PanizzaCSJN · Fallos 326:216
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