JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SCHERB DINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema devolvió las actuaciones a la Cámara Federal de la Seguridad Social para que se pronuncie sobre la concesión del recurso ordinario de apelación del actor, por defectos de trámite que menoscabaron sus derechos. La Dra. Argibay, en disidencia, propuso dictar un pronunciamiento complementario de fondo sobre los agravios de la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 2636. XXXVIII. ROR
Reajuste jubilatorio Recurso ordinario de apelacion Defectos de tramite Devolucion de actuaciones Nulidad parcial Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Heit rupp Chocobar Disidencia.

¿Quién es el actor?

Dina Scherb.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes jubilatorios (reajustes varios), con actualización de salarios y movilidad conforme al art. 7 inc. 2) de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

se devolvieron las actuaciones a la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social para que se expida sobre la concesión del recurso de apelación del actor (fs. 160), sin perjuicio de lo que se resuelva sobre el planteo de nulidad (fs. 186/189). La decisión de la mayoría no se pronuncia sobre el fondo del reajuste.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que atento a que el procedimiento impreso a esta causa evidencia defectos de trámite que han redundado en menoscabo de los derechos del actor, corresponde devolver las actuaciones a la alzada a fin de que se expida sobre la procedencia del recurso de apelación interpuesto a fs. 160."

¿Cómo votaron los jueces?

propuso que, ante el silencio del ANSeS frente al planteo de nulidad, quedó subsanada la falta de concesión del recurso del actor y aceptado el dictado de un pronunciamiento complementario; y que, vencido el plazo para contestar el memorial, la Corte está en condiciones de examinar los agravios de la Sra. Scherb y dictar una sentencia que integre la de fs. 184. Expresó que, el 1 de enero de 2002, la alzada debió sustituir el mecanismo de movilidad del art. 7 inc. 2) de la ley 24.463, dado el agudo proceso inflacionario, y que su situación difería de la de "Heit Rupp".

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 19, 7 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 49 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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