IMPLEMENTOS INDUSTRIALES ACESUR S.A. Y OTRO c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/EXPROPIACION INVERSA
La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por resultar inadmisible el recurso extraordinario denegado. Como consecuencia, dispuso que la Municipalidad satisfaga el depósito correspondiente, cuyo pago quedó diferido conforme a la acordada 47/91.
¿Quién es el actor?
Implementos Industriales Acesur S.A. y otro.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No surge del texto de la resolución.
¿Qué se resolvió?
Se desestima la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Se condena a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada 47/91 (fs. 41).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." La resolución no contiene desarrollo argumental adicional más allá de la cita normativa.
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 47
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