ZIEDE EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor, jubilado, reclamó el reajuste de su haber previsional frente a la ANSeS en un proceso por reajustes varios. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y ordenó a la ANSeS recomponer los haberes conforme al precedente Sánchez, con fundamento en razones humanitarias que habilitan el cobro de las acreencias.
¿Quién es el actor?
Eduardo Ziede, jubilado.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de su haber previsional, con reclamos sobre tasa de interés, movilidad de los haberes y constitucionalidad de los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema revocó la sentencia apelada con el alcance del precedente "Sánchez", con la salvedad indicada en el considerando 5°, y remitió las actuaciones a la ANSeS para que recomponga los haberes conforme a lo allí resuelto, a fin de que la parte pueda gestionar el cobro de las sumas que correspondan.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "Las impugnaciones del actor respecto de la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente S.2767.XXXVIII 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', fallada con fecha 14 de septiembre de 2004, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Considerando 3°: "Las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, han sido resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."
Considerando 4°: "Los agravios del titular vinculados con la movilidad correspondiente al período anterior a la entrada en vigencia de la ley de solidaridad previsional, suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa S.2758.XXXVIII 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, a cuyas consideraciones el Tribunal se remite."
Considerando 5°: "Esta Corte estima adecuado a las circunstancias del caso atender a la petición formulada ya que median razones humanitarias que hacen admisible posibilitar el cobro de sus acreencias con el alcance que se solicita, sin perjuicio de la consideración ulterior por el Tribunal de los restantes agravios esgrimidos en el memorial de fs. 91/93 (confr. art. 499, 2° párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y causa W.25.XLI. 'Wittall, Reinaldo Carlos c/ ANSeS s/ reajustes varios', del 16 de agosto de 2005)."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 22, 23 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 499 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativaCSJN · 14/09/2004
- SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
- Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
- Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/07/2005
- Wittall, Reinaldo Carlos c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 16/08/2005
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