JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PALAZZESI GRACIELA SUSANA s/AMPARO S/APELACION

Se trata de una contienda negativa de competencia entre la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca y el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, originada en un amparo en el que se declaró la inconstitucionalidad de normas federales en materia financiera. El Procurador General dictaminó que la causa debe continuar ante la justicia provincial, que ya había dictado un acto jurisdiccional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 181. XLII. COM
Contienda negativa de competencia Amparo Principio de radicacion Actos tipicamente jurisdiccionales Declaracion de inconstitucionalidad Banco patagonia Justicia provincial Rio negro Perpetuatio jurisdictionis Corte suprema

¿Quién es el actor?

Graciela Susana Palazzesi.

¿A quién se demanda?

Banco Patagonia S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo contra el Banco Patagonia S.A.

¿Qué se resolvió?

el Procurador General opinó que la causa debe continuar su trámite ante la justicia provincial (Cámara Civil, Comercial y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial de Viedma, Río Negro), mediante los tribunales que ya intervinieron, dado que a fs. 62/64 el Juez de Amparo provincial hizo lugar al amparo y declaró la inconstitucionalidad de las leyes 25.557, 25.561 y de los decretos 1570/01, 1606/01, 71/02 y 214/02.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en las causas en las que ha recaído un acto jurisdiccional -ya sea que se encuentre firme o no, o que dé por terminado el proceso por alguna de las formas de extinción previstas en la ley- deben continuar su trámite hasta su culminación ante el fuero que lo dictó."

"el límite de transferencia de expedientes entre jurisdicciones está dado por el principio de radicación, el cual se configura con el dictado de lo que se ha denominado 'actos típicamente jurisdiccionales, que son aquellos que importan la decisión de un conflicto mediante la adecuación de las normas aplicables, como resulta característico de la función jurisdiccional encomendada a los jueces' (Fallos: 324:2334 y en lo resuelto por la Corte, in re, Comp. 366, L. XL, 'Matteucci Rubén Ítalo c/ Banco Bansud S.A. s/ acción de amparo', sentencia del 29 de junio de 2004)."

"No obsta a la solución que se propicia lo resuelto en el precedente de Fallos: 325:1883, puesto que en el caso no se presentaban las cuestiones procesales que se configuran en el presente."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Matteucci Rubén Ítalo c/ Banco Bansud S.A. s/ acción de amparoCSJN · 29/06/2004 · Fallos 324:2334
  • Fallos 325:1883CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.