ACOSTA CALIXTO HUGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario interpuesto por la ANSeS y confirmó la sentencia que ordenó el reajuste de haberes previsionales de Calixto Hugo Acosta, con el alcance fijado en el precedente Perletto. El Tribunal remitió a sus fundamentos en cuanto al plazo y modalidades de cumplimiento, desestimó los agravios sobre el perito de oficio y el art. 16 de la ley 24.463, y remitió a Torres Brizuela en lo restante.
¿Quién es el actor?
Calixto Hugo Acosta.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes jubilatorios (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y se confirmó la sentencia apelada, con el alcance fijado en "Perletto".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional y con la defensa de pago total y definitivo de todas las obligaciones del Estado con anterioridad al 31 de agosto de 1992, resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Considerando 2°: "Que los agravios de la ANSeS vinculados con la designación de un perito de oficio para la confección de la liquidación de las diferencias en los haberes jubilatorios del actor, resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en la causa G.55.XXXVII 'Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 24 de octubre de 2002."
Considerando 3°: "Que los planteos relacionados con el art.16 de la ley 24.463, deben ser desestimados pues la recurrente no ha logrado demostrar un perjuicio concreto por haberse diferido su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia."
Considerando 4°: "Que las restantes objeciones de la ANSeS guardan sustancial analogía con las analizadas por el Tribunal en el precedente de Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 16 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
- Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/10/2002
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