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Corte Suprema

RUIZ LEDESMA RUBEN EDUARDO s/CAUSA N° 5200

El recurso de hecho interpuesto por Rubén Eduardo Ruiz Ledesma en una causa penal llegó a la Corte Suprema, que hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario. El Tribunal dejó sin efecto la sentencia de la Cámara de Casación Penal y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, remitiendo a los fundamentos de los precedentes Casal y Martínez Areco.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 292. XL. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Queja Causa penal Remision a precedentes Casal Martinez areco Casacion penal Nuevo pronunciamiento Doble conforme.

Actor (recurrente): Rubén Eduardo Ruiz Ledesma.

Demandado / parte contraria: No surge del texto (el recurso se dirige contra la sentencia de la Cámara de Casación Penal, Sala I).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la denegatoria del recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la Cámara de Casación Penal (Sala I), en causa penal (expte. N° 5200), con intervención previa del Tribunal Oral en lo Criminal N° 13.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría de la totalidad de los ministros, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. La decisión se fundó por remisión a los fundamentos de los precedentes "Casal" (C.1757.XL, sentencia del 20/9/2005) y "Martínez Areco" (M.1451.XXXIX, sentencia del 25/10/2005), "a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los considerandos son breves y consisten en la remisión a los precedentes citados: "Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal en los exptes. C.1757.XL. 'Casal, Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa' ... y M.1451.XXXIX. 'Martínez Areco' ..., sentencias del 20 de septiembre y 25 de octubre de 2005, respectivamente, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." No se transcriben otros fundamentos propios del fallo. Los votos individuales (Petracchi, Highton de Nolasco, Fayt, Lorenzetti y Argibay) reiteran la misma remisión, variando solo la cita de precedentes. No hay votos en disidencia: todos coinciden en la solución.

Fallos que cita

  • Martínez Areco, Ernesto s/ causa N° 3792CSJN · 25/10/2005

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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