JurisprudenciaARG
Corte Suprema

NAVARRO BENEDICTO ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un beneficiario previsional jubilado bajo la ley 18.037 y luego reajustado por la ley 22.955 reclamó la recomposición de sus haberes. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y, remitiendo al precedente Brochetta, resolvió parcialmente el reclamo con el alcance allí fijado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 28. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Ley 18.037 Ley 22.955 Movilidad jubilatoria Regimen general Verdad juridica objetiva Tasa pasiva Plazo de cumplimiento Anses Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Benedicto Ernesto Navarro.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de la prestación previsional (reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

la Corte revocó la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había encuadrado el caso en el régimen general (ley 18.037) y no en la ley 22.955. Sobre el fondo, remitió a lo resuelto en "Brochetta" respecto de la extensión temporal de la pauta de movilidad, a lo sentado en "Perletto" (Fallos: 325:98) en cuanto a plazo y modalidades de cumplimiento, y a "Spitale" (S.2767.XXXVIII, 14/09/2004) en cuanto a la tasa pasiva de interés.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"surge del expediente administrativo que el beneficiario se jubiló al amparo de la ley 18.037 pero fue incluido con posterioridad en las previsiones de la ley 22.955 y sus haberes se reajustaron por este régimen, por lo que corresponde revocar el pronunciamiento apelado".

"los agravios planteados por la ANSeS ante la cámara y en esta instancia acerca de la extensión temporal de la pauta de movilidad dispuesta por el magistrado suscitan el tratamiento de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en el precedente B.4199.XXXVIII. 'Brochetta, Rafael Anselmo c/ ANSeS s/ reajustes varios', del 8 de noviembre de 2005".

Sobre el plazo de cumplimiento: "sin que la parte se haga cargo de ello en su memorial o dé razón de mérito alguna que justifique un apartamiento de dicho antecedente, circunstancia que obsta al tratamiento del remedio intentado en ese aspecto".

Sobre la tasa de interés: "encuentran adecuada respuesta en el precedente de esta Corte S.2767.XXXVIII. 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', del 14 de septiembre de 2004".

Normas que cita

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN
  • Heit RuppCSJN
  • BrochettaCSJN · 08/11/2005
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • SpitaleCSJN · 14/09/2004

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