VERA ROJAS ROLANDO s/DELITO DE VIOLACION -CAUSA N° 20121-
La querella dedujo recurso extraordinario contra la sentencia que absolvió a Rolando Vera Rojas del delito de violación de un menor de seis años, por considerar que la valoración de la prueba fue fragmentaria y arbitraria. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la absolución, ordenando dictar nuevo fallo.
¿Quién es el actor?
Querella (Delfina Ozorio, madre del menor, en representación de la víctima).
¿A quién se demanda?
Rolando Vera Rojas, portero del establecimiento educativo Edmundo de Amicis.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Delito de violación (abuso sexual con acceso carnal) contra un menor de seis años.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que había revocado la condena de primera instancia (ocho años de prisión) y absuelto al imputado. La causa vuelve para que se dicte nuevo fallo. Los Dres. Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia por declarar inadmisible el recurso extraordinario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la conclusión adoptada por la cámara fue posible merced a una consideración fragmentaria y aislada de tales elementos, incurriéndose en omisiones y falencias respecto a la verificación de hechos conducentes para la decisión del litigio, lo que impidió una visión en conjunto de la prueba recurrida, que descalifica el fallo como acto judicial válido (Fallos: 311:948)."
"No resulta posible exigirle a un menor, como en el caso se trata, de que precise circunstancias traumáticas como las vividas y que sin duda desconocía y aún desconoce, en sus alcances... ningún sentido tiene presumir que sus palabras no son veraces, máxime si para ello se tiene en cuenta el informe pericial médico de fs. 80 a 82 que da cuenta de la ausencia de fabulación o mendacidad en sus dichos."
"...la prueba en los delitos contra la honestidad, como en el presente caso, resulta de difícil recolección... Ello no significa que resulte imposible investigación, ni que pueda fragmentarse la prueba como lo ha hecho el tribunal a quo, quitándole sustento a lo que en su conjunto lo tiene."
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18
Fallos que cita
- Vera Rojas, RolandoFallos · Fallos 311:948
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