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Corte Suprema

SALVATIERRA DAURALICIO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los jubilados promovieron reclamos de reajuste por movilidad de sus haberes previsionales contra el INPS y la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, el alcance fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 420. XXVI. RHE
Movilidad de haberes previsionales Reajuste previsional Ley 24.241 Ley 18.037 y 18.038 (no citadas expresamente en el texto Omitir si no se verifica) Caja nacional de prevision para el personal del estado y servicios publicos Anses Chocobar Recurso extraordinario Seguridad social Sistema previsional

¿Quién es el actor?

Dauralicio Salvatierra y otros (ver listado de autos en la carátula: más de sesenta causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; en algunos expedientes, ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, con el alcance que surge de las consideraciones, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y, para la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, se ordenó aplicar lo fijado en "Chocobar". Los doctores Fayt, Petracchi y Bossert se remiten a sus disidencias en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Según el texto, las cuestiones planteadas son "sustancialmente análogas" a las examinadas en la causa C.278.XXVIII "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad", fallada el 27 de diciembre de 1996, y en la causa B.223.XXV "Bertone, Rogelio Héctor" del 15 de julio de 1997, "a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad". El fallo no transcribe otros fundamentos propios de esta sentencia, por lo que la remisión a los precedentes es la base de la decisión.

¿Cómo votaron los jueces?

Los doctores Fayt, Petracchi y Bossert votaron en disidencia y se remiten, en lo pertinente, a sus disidencias en "Chocobar".

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997

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