MAZZUCA DE LABADO EDILIA JOSEFA c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de la A.N.Se.S. y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad de haberes previsionales. Ordenó aplicar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, el alcance fijado en el precedente Chocobar, remitiendo en lo sustancial a esa causa.
¿Quién es el actor?
Edilia Josefa Mazzuca de Labado y otros actores (más de sesenta causas acumuladas, entre ellas "Arrua", "Caban", "Crespo", "Calka", "Rodríguez Irma Buena Ventura", entre otros).
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Previsión Social (INPS) / Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos / Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, y, en los recursos extraordinarios, la A.N.Se.S.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad de haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la A.N.Se.S., se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en "Chocobar". En cuanto al fondo, Fayt, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias en esa causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el tribunal sostiene que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las examinadas en "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad" (fallada el 27 de diciembre de 1996), y a cuyas consideraciones "cabe remitirse por razón de brevedad". Respecto de la tasa de intereses, afirma que los agravios suscitan temas similares a los resueltos en "Banco Sudameris c/ Belcam S.A. y otra" (17 de mayo de 1994) y "Gil, Arnaldo Vicente" (12 de marzo de 1996), con criterio concurrente adverso a la procedencia del recurso. Los jueces Boggiano y Fayt se remiten a sus votos en "López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A." y "Acopionor SA s/ Concurso preventivo".
Nota: Fayt, Petracchi y Bossert votaron en disidencia respecto del fondo del asunto; su posición no constituye la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
- Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
- Banco Sudameris c/ Belcam S.A. y otraCSJN · 17/05/1994
- Gil, Arnaldo VicenteCSJN · 12/03/1996
- López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.CSJN · 10/06/1992
- Acopionor SA s/ Concurso preventivoCSJN · 09/06/1994
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