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Corte Suprema

BALDA HERNAN RAMON c/ ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL

La actora dedujo recurso de hecho contra la resolución de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, dictada en un proceso de ejecución de sentencia, que denegó el recurso ordinario de apelación previsto en el art. 19 de la ley 24.463. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró mal denegado el recurso y ordenó su tramitación, por entender que la resolución cuestionada equivale a sentencia definitiva al clausurar la posibilidad de revisar lo decidido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 901. XXXIX. ROR
Recurso de queja Recurso ordinario de apelacion Art. 19 ley 24.463 Ejecucion de sentencia Equiparable a sentencia definitiva Seguridad social Anses Recurso denegado Clausura del debate Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Hernán Ramón Balda.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia previsional.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja, declaró mal denegado el recurso ordinario de apelación y dispuso que los autos pasen a Secretaría a los efectos del art. 280, párrafos segundo y tercero, del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Que los planteos propuestos por el recurrente ponen de manifiesto que el tema tratado en dicha resolución resulta equiparable a la sentencia definitiva requerida para la admisibilidad de los recursos, ya que pone fin a la posibilidad de revisar lo decidido y, de tal forma, clausura el debate sobre los temas de fondo."

> "Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social dictado en un proceso de ejecución de sentencia, la actora dedujo el recurso ordinario de apelación conforme al art. 19 de la ley 24.463 que, denegado, dio origen a la queja en examen."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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