JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES FEBO C.I.F.I.S. A. Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la demandada contra la denegación de un recurso extraordinario, por considerar que este resulta inadmisible en los términos del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Además, la parte demandada fue condenada a abonar el depósito previo, cuyo pago quedó diferido conforme a la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 330. XXXII. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario inadmisible Articulo 280 cpccn Deposito previo Acordada 47/91 Municipalidad de la ciudad de buenos aires Establecimientos industriales febo

¿Quién es el actor?

Establecimientos Industriales Febo C.I.F.I.S.A. y otros.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge del texto de la resolución.

¿Qué se resolvió?

Se desestima la queja presentada por la demandada. Se la condena a satisfacer el depósito correspondiente, con pago diferido según la acordada 47/91 (fs. 131 vta.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

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