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Corte Suprema

RISUEÑO DORA c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad de jubilados. Fijó el alcance de la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241 remitiendo al precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 11. XXVII. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Recurso extraordinario Anses Regimen previsional Ley 24.241 Chocobar Caja nacional de prevision Haberes previsionales Precedente vinculante

¿Quién es el actor?

Dora Risueño y otros beneficiarios previsionales (causa acumulada con numerosos actores).

¿A quién se demanda?

INPS / ANSeS, Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, y Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad de haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se revocan las sentencias apeladas y se ordena aplicar la movilidad del período 1° de abril de 1991 hasta la ley 24.241 según el alcance fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia y se remiten a sus fundamentos en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los planteos de fondo en las causas acumuladas son sustancialmente análogos a los examinados en "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad" (sentencia del 27 de diciembre de 1996) y en "Bertone, Rogelio Héctor" (15 de julio de 1997). El tribunal remite a esas consideraciones "por razón de brevedad", por lo que los fundamentos sustanciales se encuentran en dichos precedentes, no en esta sentencia.

¿Cómo votaron los jueces?

Los doctores Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remiten a sus votos en la causa Chocobar.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997

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