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Corte Suprema

CASTRO MARIO OMAR c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Un conjunto de jubilados promovió reclamos contra la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos por reajustes de movilidad jubilatoria. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar la movilidad conforme al precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 28. XXVIII. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Caja nacional de prevision para el personal del estado y servicios publicos Ley 24.241 Anses Recurso extraordinario Precedente chocobar Derecho de la seguridad social Intangibilidad de haberes Actualizacion previsional.

¿Quién es el actor?

Mario Omar Castro y otros (conjunto de jubilados y pensionados de la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos).

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos / ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de los haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en "Chocobar, Sixto Celestino".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal remite a las consideraciones de la causa "Chocobar, Sixto Celestino" (votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, del 27/12/1996) y a los votos del juez Vázquez en esa causa y en "Bertone, Rogelio Héctor" (15/07/1997), "a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad". Por su parte, los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remiten a sus disidencias en "Chocobar". Son disidencias, no la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997

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