HAMBURGO COMPAÑIA DE SEGUROS SA Y OTRO c/ BANCO DE ACCION SOCIAL Y OTRO Y OTRO s/QUEJA
La Provincia de Jujuy interpuso recurso de hecho contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia provincial en el marco de una demanda de Hamburgo Compañía de Seguros S.A. contra el Banco de Acción Social. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia, ordenando dictar un nuevo fallo, por remisión al dictamen de la Procuradora Fiscal subrogante.
¿Quién es el actor?
Hamburgo Compañía de Seguros S.A. y otro.
¿A quién se demanda?
Banco de Acción Social y otro (la Provincia de Jujuy es parte recurrente en la queja).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto no reproduce el objeto del reclamo).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, con el alcance indicado en el dictamen de la Procuradora Fiscal subrogante. Costas por su orden (art. 71 CPCCN). Vuelven los autos al tribunal de origen para dictar un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte expresa: "Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, a los que se remite por razones de brevedad." El texto no transcribe los fundamentos del dictamen, por lo que no pueden reproducirse los argumentos sustantivos. No hay votos en disidencia.
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Normas que cita
- CPCCNart. 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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