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Corte Suprema

CORPORACION MADERERA DE NEUQUEN SACI Y FORESTAL Y OTROS c/ ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES s/NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO

El recurso de hecho se refería a la regulación de honorarios practicada en esta Corte en la causa Corporación Maderera del Neuquén S.A.C.I. y Forestal y otros c/ Administración de Parques Nacionales. La Corte admitió la revocatoria por error material, dejó sin efecto la regulación de fs. 414 y practicó una nueva regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 929. XXIII. RHE
Revocatoria Error material Regulacion de honorarios Ley 21.839 Recurso de hecho Corte suprema Nulidad abstracta Proporcionalidad de honorarios Error de hecho evidente

¿Quién es el actor?

Corporación Maderera del Neuquén S.A.C.I. y Forestal y otros.

¿A quién se demanda?

Administración de Parques Nacionales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

regulación de honorarios profesionales por la tramitación del pleito y por el incidente resuelto a fs. 326/327.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la revocatoria, se dejó sin efecto la regulación de fs. 414, se declaró abstracto el recurso de nulidad de fs. 417 y se regularon nuevos honorarios a los doctores Morello y Navarro.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte tiene establecido que, en principio, sus decisiones no son susceptibles de los recursos de reposición, revocatoria o nulidad (Fallos: 297:543; 302:1319; 311:1789, entre muchos otros), salvo supuestos de error de hecho evidente (Fallos: 295:753, 801; 312:743, entre otros)."

"Que tal es lo que acontece en el sub lite, en razón de que este Tribunal incurrió en error material al efectuar la regulación de honorarios de fs. 414, como lo revela la falta de proporción existente entre dicha regulación y la realizada en favor del doctor Breide Obeid por la tramitación del pleito."

"Por ello, corresponde dejar sin efecto lo resuelto y practicar nueva regulación de honorarios, con aplicación de lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d; 7°, 9°, 14, 22 y 33 de la ley 21.839, sobre la base regulatoria que corresponde al incidente resuelto por este Tribunal en fs. 326/327."

Normas que cita

  • Ley 21.839arts. 6, 7, 9, 14, 22, 33 · Aranceles y honorarios de abogados

Fallos que cita

  • Fallos 297:543CSJN
  • Fallos 302:1319CSJN
  • Fallos 311:1789CSJN
  • Fallos 295:753CSJN
  • Fallos 312:743CSJN

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