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Corte Suprema

SCANIA ARGENTINA SA (TF 16308-A) c/ DGA s/

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Scania Argentina S.A. contra la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en un litigio con la Dirección General de Aduanas. Confirmó la sentencia apelada remitiéndose, por razones de brevedad, al criterio fijado en el precedente Autolatina Argentina S.A. (Fallos: 326:1090).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 2167. XLI. REX
Recurso extraordinario Direccion general de aduanas Tribunal fiscal de la nacion Materia aduanera Remision a precedente Autolatina argentina s.a. Fallos 326:1090 Confirmacion de sentencia Costas Derecho tributario aduanero

¿Quién es el actor?

Scania Argentina S.A. (TF 16.308-A), representada por el Dr. Enrique Benítez Cruz.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (Fisco Nacional - AFIP-DGA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, previamente dictada en el marco de un expediente del Tribunal Fiscal de la Nación.

¿Qué se resolvió?

Declarar procedente el recurso extraordinario y confirmar la sentencia apelada, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a las cuestiones planteadas en el sub lite el criterio establecido por esta Corte en el precedente 'Autolatina Argentina S.A.' (Fallos: 326:1090), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

No hay votos en disidencia.

Nota: el fallo no transcribe los hechos ni el contenido del agravio; la decisión se apoya íntegramente en la remisión al precedente citado, por lo que el alcance concreto de la resolución depende de lo decidido en "Autolatina".

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Autolatina Argentina S.A.CSJN · Fallos 326:1090

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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