VILARIÑO ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el recálculo de su haber inicial, la movilidad posterior de sus haberes y la inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y de la ley 21.864. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de ambas partes y revocó la sentencia apelada, aplicando los precedentes Domínguez y Sánchez.
¿Quién es el actor?
Angel Vilariño.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, incluyendo el recálculo del haber inicial y la movilidad de los haberes del titular, con cuestionamiento de la constitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y de la ley 21.864.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos por la parte actora y por la demandada, y revocó la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social "con el alcance que surge de las causas 'Domínguez, Amparo Carmen' y 'Sánchez, María del Carmen' citadas".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2: "Que los agravios del actor relacionados con la prescripción liberatoria y con la inconstitucionalidad de la ley 21.864 suscitan al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 326:1436 ('Domínguez, Amparo Carmen'), a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad."
Considerando 3: "Que la cuestión referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037 guarda sustancial analogía con el examinado por el Tribunal en la causa S.2758.XXXVIII 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
Considerando 4: "Que las objeciones del organismo previsional relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos 325:98 ('Perletto'), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 21.864Aportes y deudas previsionales
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Domínguez, Amparo CarmenCSJN · Fallos 326:1436
- Sánchez, María del CarmenCSJN · 28/07/2005
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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