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Corte Suprema

PFLEGER NELIDA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordenó el reajuste de los haberes previsionales de la actora y aplicó el precedente Spitale sobre la tasa pasiva de interés, rechazando los agravios de ambas partes sobre el porcentaje de confiscatoriedad y el plazo de cumplimiento. El tribunal remitió a Spitale y Perletto por razones de brevedad y por la falta de crítica del recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 2504. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Confiscatoriedad Tasa pasiva de interes Art. 55 ley 18.037 Ley 24.463 Plazo de cumplimiento Precedente spitale Precedente perletto Anses

¿Quién es el actor?

Nélida Beatriz Pfleger.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

se confirmó la sentencia apelada, de conformidad con el precedente "Spitale". Se rechazaron los agravios del actor sobre el porcentaje de confiscatoriedad posterior al 1° de abril de 1991 y los de la ANSeS sobre la tasa pasiva de interés y el plazo y modalidades de cumplimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2°) Que los agravios del actor relacionados con el porcentaje de confiscatoriedad que puede admitirse para el período posterior al 1° de abril de 1991 deben ser desestimados, ya que los precedentes invocados en los pronunciamientos anteriores, cuya aplicación no ha sido discutida, no dispusieron quita alguna en la movilidad reconocida para ese lapso, de modo que su pretensión se encuentra satisfecha."

"3°) Que los agravios de la ANSeS vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir por razón de brevedad."

"4°) Que las objeciones del organismo previsional relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ("Perletto"), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98

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