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Corte Suprema

GARCIA RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en cuanto a los intereses aplicables al reajuste previsional reclamado por el jubilado Rubén García contra la ANSeS. El tribunal remitió al precedente Spitale sobre la tasa pasiva de interés y desestimó los agravios restantes del organismo previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 3075. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Tasa pasiva de interes Intereses Anses Haber de pension Inconstitucionalidad art. 55 ley 18.037 Art. 22 ley 24.463 Fundamentacion adecuada Recurso ordinario Spitale.

¿Quién es el actor?

Rubén García.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte confirmó lo resuelto respecto de los intereses, de acuerdo con el precedente "Spitale" (Fallos: 327:3721). Los agravios del actor sobre la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 fueron rechazados por no acreditarse un daño concreto y actual, aunque podrán reiterarse en la etapa de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios del organismo previsional vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

"Las objeciones del organismo previsional relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos 325:98 ('Perletto'), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

"No se ha probado en la causa que el haber reajustado de pensión supere el máximo legal, por lo que la objeción no se basa en la existencia de un daño concreto y actual. Sin perjuicio de ello, el interesado podrá reiterar el planteo en la etapa de ejecución, según el criterio consagrado en Fallos: 326:216 ('Panizza, Alfredo José')."

"Los restantes planteos de la ANSeS no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación adecuada."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 19, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Panizza, Alfredo JoséCSJN · Fallos 326:216
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98

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