PLUSPETROL ENERGY S.A. c/ ENRE RESOL 458/02 s/
La Procuración General dictaminó que corresponde confirmar la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que aplicó el CER a un contrato COM celebrado entre dos empresas privadas. Propuso sostener que ese contrato queda alcanzado por el art. 11 de la ley 25.561 y no por el régimen de renegociación de contratos administrativos.
Actor/Recurrente: Pluspetrol Energy S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE); tercero citado: Transener S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de las resoluciones 458/02, 504/02 y 505/02 del ENRE que aplican el CER al contrato de construcción, operación y mantenimiento (COM) para un banco de capacitores en la Estación Transformadora "Recreo".
Qué se dictaminó: Confirmar la sentencia de la Cámara que aplicó el CER. Se entiende que el contrato COM, celebrado entre dos particulares, no es un contrato administrativo ya que la Administración Pública no fue parte, por lo que se rige por el art. 11 de la ley 25.561 y los decretos 214/02 y 320/02.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...desde el momento en que no fue celebrado por una persona jurídica estatal, carece del elemento subjetivo esencial que caracteriza a tales contratos."
"...la relación entablada exclusivamente entre dos particulares se presenta como definitoria de las normas de la ley 25.561 aplicables al caso. Ello conduce por fuerza a reconocer que dicho contrato se encuentra alcanzado por el art. 11 del Capítulo III del Título IV de la ley citada..."
"...las renegociaciones de contratos a las que alude la ley -y sobre las que corresponde al Estado Nacional pronunciarse- comprende aquellos convenios donde es parte la Administración Pública..."
Se reconoce que el contrato "se encuentra sustancialmente regido por el derecho público", pero ello no altera la conclusión de aplicar el art. 11.
Los agravios sobre facultades jurisdiccionales del ENRE y el traslado de costos a la tarifa se desestiman por carecer de fundamentación autónoma y remitir a cuestiones de hecho, prueba y derecho procesal, ajenas al recurso extraordinario.
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Normas que cita
- Ley 25.561arts. 1, 8, 9, 10, 11, 41, 81, 91 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 214/02arts. 11, 41, 81
- Decreto 320/02art. 11
- Ley 25.713art. 11 · Coeficiente de estabilizacion de referencia (c.e.r
- Ley 24.065arts. 11, 76 · Energia electrica
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Decreto 2743/92arts. 11, 21
- Decreto 293/02arts. 11, 41
- Decreto 311/03
- Resolución 61/92 (SE)
- Resolución 137/92 (SE)art. 16
- Constitución Nacionalarts. 76, 109
Fallos que cita
- Schirato, Gino c/ Estado Nacional (Ministerio de Cultura y Educación) y Cooperativa Escolar 14CSJN · Fallos 304:490
- Fallos 313:376CSJN
- Fallos 316:212CSJN
- Fallos 315:1883CSJN
- Fallos 315:1256CSJN
- Fallos 315:59CSJN
- Fallos 327:1263CSJN
- Fallos 327:4495CSJN
- Fallos 311:2553CSJN
- Fallos 314:529CSJN
- Fallos 316:27CSJN
- Fallos 321:861CSJN
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