JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PRAWDIUK JUAN c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los beneficiarios reclamaron la aplicación de la movilidad de sus haberes previsionales entre 1991 y la vigencia de la ley 24.241. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar la movilidad según el alcance fijado en Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 439. XXVI. REX
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Ley 24.241 Recurso extraordinario Anses Precedente chocobar Caja nacional de prevision Decision por mayoria Haber jubilatorio Topes maximos

¿Quién es el actor?

Juan Prawdiuk, y en la causa acumulada, Wilfredo Angel Barrios.

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad de los haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que, entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, la movilidad se aplique según lo fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en las causas: C. 278.XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad'... a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse, con excepción a lo resuelto sobre los topes máximos del haber jubilatorio en razón de no mediar sobre el punto un recurso extraordinario presentado oportunamente." Los fundamentos de la disidencia (Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert) no se transcriben por no constituir la decisión del tribunal, sino remitirse a sus votos en "Chocobar".

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio Héctor c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 15/07/1997

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.