MUSUMESI SALVADOR CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Un conjunto de causas por reajustes de movilidad jubilatoria promovidas contra la ANSeS y cajas previsionales fue resuelto por la Corte Suprema, que declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias apeladas. El tribunal ordenó aplicar la movilidad del período 1° de abril de 1991 a la entrada en vigencia de la ley 24.241 según el alcance fijado en el precedente Chocobar.
¿Quién es el actor?
Los jubilados y pensionados que promovieron los reclamos de reajuste por movilidad (nómina de más de un centenar de expedientes acumulados, entre ellos Musumesi, Salvador Carlos).
¿A quién se demanda?
ANSeS y las cajas nacionales de previsión (INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; entre otras).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de los haberes jubilatorios por movilidad.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que la movilidad del período 1° de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en "Chocobar, Sixto Celestino". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remitieron a sus votos en esa causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278.XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en la causa D.429.XXVIII 'Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 25 de septiembre de 1997."
Por ello, "el Tribunal por mayoría resuelve: con el alcance que surge de las consideraciones que anteceden, declarar procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS; en consecuencia, se revocan las sentencias apeladas".
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
- Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
- Del Azar Suaya, Abraham c/ I.N.P.S. - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997
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