FERRAU RUGEN c/ COMPAÑIA AZUCARERA LAS PALMAS S.A.I.C.A. Y/O ESTADO NACIONAL s/DEMANDA LABORAL
La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de un trabajador que cuestionaba la imposición de costas en un litigio laboral contra la Compañía Azucarera Las Palmas y el Estado Nacional. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, que había eximido de costas a la demandada por su apelación rechazada, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Rubén Ferrau.
¿A quién se demanda?
Compañía Azucarera Las Palmas SAICA y/o Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
demanda laboral.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema, por mayoría, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la decisión apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. La Dra. Carmen M. Argibay votó en disidencia parcial, por la improcedencia del recurso por inadmisible. Se impusieron las costas de esta instancia.
Fundamentos principales de la decisión (dictamen de la Procuradora Fiscal subrogante, Dra. Marta A. Beiró de Gonçalvez, que la Corte hizo suyo):
"Por el contrario, el fallo cuestionado sí carece de fundamentación con arreglo a las circunstancias de la causa al decidir no imponer las costas de la apelación articulada por la demandada, la cual rechaza en su totalidad, pues, contrariamente a lo afirmado por el Tribunal de Alzada, la actora sí contestó la expresión de agravios, solicitando expresamente su imposición (fs. 360/363 vta.)."
"En lo que respecta a la distribución de costas por su orden, efectuada con relación a la apelación deducida por la actora, vale destacar que, de las ocho cuestiones por las que la recurrente dijo agraviarse, sólo prosperaron dos (fs. 373/376). No se advierte en consecuencia arbitrariedad en la distribución pues al fundarse en el resultado obtenido, que constituyó una victoria parcial (...) no se verificaría un apartamiento del hecho objetivo de la derrota, ni del principio de proporcionalidad, receptados en los artículos 68 y 71 del CPCCN."
"[L]os agravios relativos a la autocontradicción del pronunciamiento (...) carecen de sustento, puesto que la imposición total a la accionada está referida a las devengadas en primera instancia, mientras que la distribución por su orden concierne a las de segunda instancia."
Se recordó que la imposición de costas es, en principio, cuestión fáctica y procesal ajena al recurso extraordinario (art. 14, ley 48), salvo que la decisión carezca de fundamentación suficiente o prescinda de circunstancias relevantes de la causa.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.