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Corte Suprema

SIRI DE UNANUE MARTHA MARGARITA c/ INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISION SOCIAL s/MUNICIPALES

La Corte Suprema revocó las sentencias apeladas y admitió los recursos extraordinarios de la ANSeS en reclamos de reajuste por movilidad de haberes previsionales. Dispuso que la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241 se aplique según el criterio fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 458. XXXII. REX
Movilidad de haberes previsionales Reajuste previsional Ley 24.241 Ley 18.037 Topes maximos Decreto 2302/94 Anses Recurso extraordinario Chocobar Cosa juzgada.

¿Quién es el actor?

Martha Margarita Siri de Unanue y otros beneficiarios previsionales (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Instituto Municipal de Previsión Social, Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, ANSeS (según cada expediente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales por movilidad, y cuestiones referidas al sistema de topes máximos y al decreto 2302/94.

¿Qué se resolvió?

La mayoría de la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó que la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia, remitiéndose a sus votos en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las examinadas en "Chocobar, Sixto Celestino" (sentencia del 27 de diciembre de 1996, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, y votos del juez Vázquez), y en "Bertone, Rogelio Héctor" (15 de julio de 1997), a cuyas consideraciones "cabe remitirse por razón de brevedad". Respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remitieron a lo resuelto en "Del Azar Suaya, Abraham" (25 de setiembre de 1997). En cuanto al decreto 2302/94, la Corte remitió a "Elkan, Tomás Tiberio Pablo" (13 de junio de 1996).

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 2302/94

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, AbrahamCSJN · 25/09/1997
  • Elkan, Tomás Tiberio PabloCSJN · 13/06/1996

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