JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LYON CLARK PATRICIA ANA Y OTROS c/ CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA s/EMPLEO PUBLICO

Los actores reclamaron la inclusión de sumas fijas no remunerativas en la base de cálculo de la bonificación por antigüedad en la docencia prevista en el artículo 36 de la ley 14.473. La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la demandada, revocó la sentencia de Cámara que había hecho lugar a la demanda y rechazó el reclamo por remitir a la causa Rodríguez resuelta en igual sentido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 99. XXXIV. REX
Bonificacion por antiguedad en la docencia Sumas fijas no remunerativas Remuneracion Ley 14.473 Articulo 36 Empleo publico Consejo nacional de educacion tecnica Recurso extraordinario Costas en el orden causado Remision a precedente.

¿Quién es el actor?

Patricia Ana Lyon Clark y otros.

¿A quién se demanda?

CONET (Consejo Nacional de Educación Técnica).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de empleo público para que se incluyan en el cálculo de la bonificación por antigüedad en la docencia (art. 36, ley 14.473) las "sumas fijas no remunerativas o no bonificables" percibidas por los docentes.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario federal, revocó la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y rechazó la demanda. Las costas de todas las instancias se distribuyeron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión planteada presenta sustancial analogía con la debatida y resuelta en la causa R.287. XXXIII 'Rodríguez, Rafael Antonio y otros c/ Consejo Nacional de Educación Técnica s/ empleo público', fallada el 2 de abril de 1998, a cuyos fundamentos y conclusiones se remite brevitatis causae." Respecto de las costas: "dada la dificultad de interpretación de las normas en juego, los actores pudieron creerse con derecho a demandar (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Contexto de la sentencia de Cámara (revocada): consideró, remitiendo a otro precedente de la sala, que diversas "sumas fijas no remunerativas o no bonificables" integran el concepto de remuneración del artículo 36 de la ley 14.473.

Normas que cita

  • Ley 14.473art. 36
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Rodríguez, Rafael Antonio y otros c/ Consejo Nacional de Educación Técnica s/ empleo públicoCSJN · 02/04/1998

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.