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Corte Suprema

STELLO LUCIO TOMAS c/ PEN s/AMPARO

El Estado Nacional interpuso recurso extraordinario contra una sentencia que había hecho lugar a una acción de amparo promovida por un particular contra la ley 25.561 y sus decretos reglamentarios de emergencia económica. La Corte Suprema revocó la sentencia y rechazó el amparo, aplicando el criterio fijado en el precedente Galli, sin imponer costas por tratarse de una cuestión jurídica novedosa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1710. XXXIX. REX
Emergencia economica Ley 25.561 Pesificacion Amparo Recurso extraordinario Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Precedente galli Costas Cuestion juridica novedosa

¿Quién es el actor?

Lucio Tomás Stello.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo contra la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02 (normas de emergencia pública y reforma del régimen cambiario y de pesificación).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario del Estado Nacional, revocó la sentencia apelada y rechazó la acción de amparo, remitiendo en lo pertinente a los fundamentos del precedente "Galli, Hugo Gabriel y otro c/ P.E.N. ley 25.561 - dtos 1570/01 y 214/02 s/ amparo ley 25.561" (sentencia del 5 de abril de 2005). Costas por su orden en todas las instancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que "resulta aplicable al sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa G.2181. 'Galli...'", a cuyos fundamentos y conclusiones se remite "por razones de brevedad". La decisión se fundó en el art. 16, segunda parte, de la ley 48. No se transcriben argumentos adicionales en el pronunciamiento. Las costas se eximieron "por tratarse de una cuestión jurídica novedosa". El fallo fue unánime, sin votos en disidencia.

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