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Corte Suprema

SURIANO MARIA ROSA Y OTROS c/ CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA s/EMPLEO PUBLICO

Los actores reclamaron el cómputo de sumas fijas no remunerativas en la bonificación por antigüedad docente prevista en la ley 14.473. La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario, revocó la sentencia que había hecho lugar parcialmente a la demanda y rechazó el reclamo, por remisión al precedente Rodríguez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 181. XXXIV. REX
Bonificacion por antiguedad docente Ley 14.473 Sumas no remunerativas Concepto de remuneracion Empleo publico Consejo nacional de educacion tecnica Recurso extraordinario federal Costas por su orden Dificultad de interpretacion normativa Precedente rodriguez.

¿Quién es el actor?

María Rosa Suriani y otros.

¿A quién se demanda?

Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de empleo público para que se incluyan en el cálculo de la bonificación por antigüedad en la docencia, prevista en el artículo 36 de la ley 14.473, diversas "sumas fijas no remunerativas o no bonificables".

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario federal, revocó la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que había hecho lugar parcialmente a la demanda, y rechazó la demanda. Las costas de todas las instancias se impusieron por su orden, en atención a la dificultad de interpretación de los textos legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remitió "brevitatis causae" a los fundamentos y conclusiones de la causa R.287.XXXIII "Rodríguez, Rafael Antonio y otros c/ Consejo Nacional de Educación Técnica s/ empleo público", resuelta el 2 de abril de 1998, por la sustancial analogía de las cuestiones planteadas. La Cámara había sostenido que esas sumas integraban el concepto de remuneración del artículo 36 de la ley 14.473. Según la parte resolutiva, la Corte no adoptó esa interpretación y dispuso notificar con copia del precedente citado.

Normas que cita

  • Ley 14.473art. 36
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Rodríguez, Rafael Antonio y otros c/ Consejo Nacional de Educación Técnica s/ empleo públicoCSJN · 02/04/1998

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