JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ANTONIO BARILLARI S.A. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD (PROCESAMIENTO DE PESCADO Y MARISCO EN ESTA- BLECIMIENTOS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Antonio Barillari S.A. promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Provincia de Buenos Aires por la resolución 524/04, que condicionaba el traslado fuera de la provincia de capturas pesqueras desembarcadas en puertos bonaerenses a su procesamiento en establecimientos locales. La Corte Suprema corrió traslado de la demanda y ordenó como medida cautelar innovativa que la Provincia se abstenga de exigir ese procesamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 2043. XLI. ORI
Accion declarativa de inconstitucionalidad Competencia originaria Medida cautelar innovativa Pesca Jurisdiccion maritima Libre circulacion de mercaderias Libertad de comerciar Federalismo Resolucion 524/04 Provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Antonio Barillari S.A., empresa pesquera que captura merluza y otras especies en aguas nacionales, con plantas procesadoras en Mar del Plata, Comodoro Rivadavia y Caleta Olivia.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad de la resolución 524/04 de la Subsecretaría de Actividades Pesqueras (Ministerio de Asuntos Agrarios), que condicionaba el transporte fuera del territorio provincial de pescados y mariscos descargados en puertos bonaerenses a su procesamiento en establecimientos industriales radicados en la provincia. Se denunciaron como violados los arts. 9, 10, 11, 12, 14, 17, 75 inc. 13, 18 y 126 de la Constitución Nacional, y los arts. 3 y 4 de la ley 24.922.

¿Qué se resolvió?

se corrió traslado de la demanda por el proceso ordinario (plazo de sesenta días) y se decretó la medida cautelar innovativa que impide a la Provincia exigir el procesamiento local de las capturas realizadas fuera de su jurisdicción marítima.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"por vía de principio, medidas como las requeridas no proceden respecto de actos administrativos o legislativos habida cuenta de la presunción de validez que ostentan, tal doctrina debe ceder cuando se los impugna sobre bases prima facie verosímiles (Fallos: 250:154; 251:336; 307:1702; 314:695)". "En el presente caso resultan suficientemente acreditadas la verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora previstos en los incs. 1° y 2° del art. 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para acceder a la medida pedida." La competencia originaria fue admitida remitiendo al dictamen del Procurador Fiscal subrogante.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 9, 10, 11, 12, 14, 17, 75, 18, 126
  • Ley 24.922arts. 3, 4 · Regimen federal de pesca
  • CPCCNarts. 322, 230, 338 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Resolución 524/04 (Buenos Aires)

Fallos que cita

  • Fallos 250:154CSJN
  • Fallos 251:336CSJN
  • Fallos 307:1702CSJN
  • Fallos 314:695CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.