MINOND LUIS c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor Luis Minond promovió incidente de negligencia en la producción de pruebas en una demanda por daños y perjuicios contra la Provincia de Buenos Aires. La Corte Suprema rechazó la negligencia respecto de la prueba confesional y declaró la negligencia de la prueba informativa ofrecida por la Provincia, salvo la que reviste el carácter de prueba común.
¿Quién es el actor?
Luis Minond.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires (codemandada), junto con el coactor Minond en la misma causa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
No hacer lugar a la negligencia acusada respecto de la prueba confesional, y declarar la caducidad del derecho de la Provincia de Buenos Aires a producir la prueba informativa, con excepción de la que reviste carácter de prueba común. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"con carácter general procede declarar la negligencia cuando el oferente no cumple con la carga de urgir las diligencias necesarias encaminadas a lograr su realización (art. 384, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
"Con respecto a la prueba confesional requerida al señor Minond, la cédula fue correctamente diligenciada en el domicilio constituido por aquél, pues, como surge del escrito de demanda, actuaba entonces por derecho propio (art. 409, penúltimo párrafo del código citado). En su mérito corresponde rechazar el planteo formulado en el escrito a despacho."
"En cuanto a la prueba informativa, en cambio, el último impulso procesal dado por la oferente tendiente a producirla fue realizado el 18 de febrero del corriente año, por lo que corresponde declararla negligente con excepción de la que reviste el carácter de prueba común."
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Normas que cita
- CPCCNarts. 384, 409, 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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