CARELLA IRMA OLGA ELCIRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró desierto el recurso de los actores y admitió el de la ANSeS, revocando la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 por falta de un perjuicio concreto. Confirmó el criterio sobre la tasa pasiva de interés fijado en el precedente Spitale.
¿Quién es el actor?
Irma Olga Elcira Carella y otros.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró desierto el recurso ordinario de los actores, admitió el de la demandada, confirmó lo resuelto en materia de intereses conforme a "Spitale" y revocó la sentencia apelada en el alcance indicado en el considerando tercero.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Respecto de los agravios de la ANSeS vinculados con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, no surge de la presente causa el perjuicio concreto que su aplicación podría haberle ocasionado a los demandantes, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de dichas normas ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada."
"Los agravios vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
"El planteo de la parte actora relacionado con el hecho de que la intervención de los peritos contadores designados por la Corte producirá una grave demora en el cumplimiento de la decisión apelada no puede ser atendido ya que sólo expresa un agravio hipotético y no formula razones valederas que justifiquen una modificación del criterio adoptado por la alzada, lo que lleva a declarar la deserción del remedio intentado."
"Los restantes planteos de la ANSeS no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación adecuada."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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