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Corte Suprema

RECALDE JOSE HECTOR c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario deducido por el actor en un reclamo previsional contra la ANSeS, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa Ruggia. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar nuevo pronunciamiento conforme a dicho precedente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1268. XXXII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Anses Seguridad social Remision a precedente Cuestiones sustancialmente analogas Ruggia Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Corte suprema.

¿Quién es el actor?

José Héctor Recalde.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la sentencia, que se limita a remitir a la causa "Ruggia" (R.1254.XXXII), en la que la Corte se pronunció sobre cuestiones análogas.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y los autos se devolvieron al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte nuevo pronunciamiento de acuerdo con las consideraciones del precedente "Ruggia".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa: R.1254.XXXII 'Ruggia, Juan Oscar c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada."

"Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo a las consideraciones expresadas en aquel antecedente."

No hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • R.1254.XXXII

Fallos que cita

  • Ruggia, Juan Oscar c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimosCSJN · 27/12/1996

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