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Corte Suprema

PEREZ CARLOS HORACIO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad jubilatoria. Para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, ordenó aplicar la movilidad según lo fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 409. XXVI. RHE
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Recurso extraordinario Anses Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Caja previsional Sistema previsional Corte suprema

¿Quién es el actor?

Carlos Horacio Pérez y otros (conforme a la carátula, la causa acumula más de trescientos reclamos similares contra la ANSeS, la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles y otros organismos previsionales).

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; ANSeS; otros organismos previsionales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad de haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó que, para el período entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, la movilidad se aplique según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino", con el alcance que surge de las consideraciones del fallo. Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias en la causa "Chocobar".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Las cuestiones planteadas en las causas son sustancialmente análogas a las examinadas en la causa C.278.XXVIII "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad", fallada el 27 de diciembre de 1996 (votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, y voto del juez Vázquez, junto con el voto del juez Vázquez en B.223.XXV "Bertone, Rogelio Héctor" del 15 de julio de 1997), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, la Corte remite "por razón de brevedad". Respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en la causa D.429.XXVIII "Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles", fallada el 25 de septiembre de 1997.

Nota: el texto suministrado no transcribe los considerandos de los precedentes citados, por lo que los fundamentos quedan referidos a esas causas sin reproducir su contenido.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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