FERNANDEZ MARGARITA c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/
El reclamo se inscribe en la causa previsional por reajustes de movilidad jubilatoria promovida contra la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, con reiteración de planteos análogos. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar la movilidad desde el 1° de abril de 1991 según el alcance fijado en el precedente Chocobar.
¿Quién es el actor?
Margarita Fernández, junto con los demás actores de las causas acumuladas.
¿A quién se demanda?
Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (y, en otras causas, Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos, y ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad de los haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, con el alcance que surge de las consideraciones, se declararon procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y, en cuanto a la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia del régimen de la ley 24.241, se ordenó aplicarla según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino". Los jueces Fayt, Petracchi y Bossert se remitieron, en lo pertinente, a sus disidencias en esa causa, y quedaron en disidencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278.XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez remiten a lo resuelto en la causa B.386.XXVII. 'Beitia, Paulina Areceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 31 de octubre de 1997."
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/12/1996
- Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
- Beitia, Paulina Areceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997
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