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Corte Suprema

ELIAS WENCESLAO JOSE c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en materia de reajustes por movilidad. Ordenó aplicar, para el período entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, el alcance fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 70. XXVIII. RHE
Reajustes por movilidad Haberes jubilatorios Movilidad previsional Ley 24.241 Recurso extraordinario Anses Precedente chocobar Topes maximos Caja nacional de prevision Seguridad social

¿Quién es el actor?

Elías Wenceslao José y otros (conjunto de causas acumuladas de jubilados).

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, y Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; la ANSeS interpuso los recursos extraordinarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de los haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, con el alcance de las consideraciones, se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que, para la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, se aplique lo fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia y se remitieron a sus disidencias en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal sostuvo que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las examinadas en "Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad" (C.278.XXVIII, fallada el 27 de diciembre de 1996) y en "Bertone, Rogelio Héctor" (B.223.XXV, 15 de julio de 1997), a cuyas consideraciones remitió por razón de brevedad. Respecto del sistema de topes máximos, remitió a lo resuelto en "Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS" (D.429.XXVIII, 25 de septiembre de 1997), sostenido por Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López.

(Las consideraciones de los votos en disidencia no se transcriben aquí, por no constituir la decisión de la mayoría.)

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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