MICUDA ESTANISLAO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un jubilado promovió reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios de ambas partes, revocó la sentencia apelada en lo que correspondía según el precedente Sánchez y confirmó lo resuelto respecto de los intereses conforme al precedente Spitale.
¿Quién es el actor?
Estanislao Micuda.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional, en particular la aplicación de la movilidad establecida por la ley 18.037 frente a la ley 23.928 (convertibilidad), la reducción del 10% sobre haberes devengados posteriormente al 11 de abril de 1991, la tasa de interés pasiva y el plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios interpuestos, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Sánchez, María del Carmen" y confirmó lo resuelto en cuanto a los intereses según el precedente "Spitale, Josefa".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "la cuestión planteada por el actor referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037 guarda sustancial analogía con el examinado por el Tribunal en la causa S.2758.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005, respectivamente, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, solución que exime de tratar el planteo de inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad citada."
Considerando 3°: "los restantes planteos del titular suscitan al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa I.406 XXXVIII. 'Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 15 de agosto de 2006, a la que cabe remitir por razón de brevedad."
Considerando 4°: "los agravios del organismo previsional vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale')."
Considerando 5°: "las objeciones del organismo previsional relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto'), y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."
Considerando 6°: "los restantes planteos de la ANSeS no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación adecuada."
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Normas que cita
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Sánchez, María del CarmenCSJN · 28/07/2005
- Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
- Spitale, JosefaCSJN · Fallos 327:3721
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
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