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Corte Suprema

GOMBOC ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió parcialmente el recurso ordinario de la ANSeS en un reajuste previsional. Revocó la sentencia en cuanto a la defensa de limitación de recursos, por falta de perjuicio concreto a la actora, y confirmó el resto según el precedente Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 207. XLI. ROR
Reajuste previsional Recurso ordinario Anses Limitacion de recursos Perjuicio concreto Inconstitucionalidad en abstracto Tasa pasiva de interes Plazo de cumplimiento Fundamentacion de agravios Spitale

¿Quién es el actor?

Rosa Gomboc.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS; se revocó la sentencia apelada respecto de la defensa de limitación de recursos y se la confirmó en lo demás, según lo resuelto en "Spitale, Josefa".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Plazo y modalidades de cumplimiento: "las objeciones relacionadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto') y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

Tasa pasiva de interés: "los planteos del organismo previsional vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Limitación de recursos: "no surge de la presente causa el perjuicio concreto que su aplicación podría haberle ocasionado a la actora, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de la norma ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada."

Artículo 82 de la ley 18.037: "no guardan relación con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."

Restantes agravios: "no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Spitale, JosefaCSJN · Fallos 327:3721

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