BELMONTE MARCELO HUGO s/HOMICIDIO EN OCASION DE ROBO -CAUSA N° 12693-
La Corte Suprema hizo lugar a la queja por denegación del recurso extraordinario en una causa por homicidio en ocasión de robo, declaró procedente dicho recurso y dejó sin efecto la sentencia apelada. La mayoría aplicó por remisión el precedente Casal y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, mientras la ministra Argibay votó en disidencia por la inadmisibilidad del recurso.
¿Quién es el actor?
Marcelo Hugo Belmonte (recurrente, por intermedio de su defensor oficial).
¿A quién se demanda?
Estado provincial, en el marco del proceso penal seguido por homicidio en ocasión de robo (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Queja por denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia condenatoria dictada en la causa penal.
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada, con devolución de los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo ressuelto. La disidencia de la Dra. Argibay, que desestimaba la queja por inadmisibilidad (art. 280 CPCCN), no integra la decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario, cuyo rechazo diera origen a la presente queja, ha sido interpuesto tempestivamente, de acuerdo con el criterio establecido por esta Corte en la causa 'Dubra' (Fallos: 327:3802)."
"Que, sentado ello, corresponde declarar que resultan aplicables al presente caso, mutatis mutandis, lo resuelto el 20 de septiembre de 2005 por el Tribunal en el expediente C.1757.XL, 'Casal Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativa' (votos concurrentes de los infrascriptos), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que en lo relativo al plazo para la interposición del recurso extraordinario resultan de aplicación los fundamentos desarrollados en Fallos: 311:2502; 323:1440 (disidencia del juez Fayt), así como en las causas 'Dubra' (Fallos: 327:3802) y 'Villaroel Rodríguez' (Fallos: 327:3824)."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario cuya denegación originó esta queja es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- DubraCSJN · Fallos 327:3802
- Villaroel RodríguezCSJN · Fallos 327:3824
- Fallos 311:2502CSJN
- Fallos 323:1440CSJN
- Casal Matías Eugenio y otro s/ robo simple en grado de tentativaCSJN · 20/09/2005
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