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Corte Suprema

HERRERA SATURNINO ROBERTO c/ CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO s/COBRO DE SEGURO

Herrera promovió demanda por cobro de un seguro contra la Caja Nacional de Ahorro y Seguro, en liquidación, en la que se trabaron embargos. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada en cuanto a la aplicación del artículo 19 de la ley 24.624, ordenando el levantamiento de los embargos, y desestimó el recurso en lo referente a la consolidación del crédito previsto en el artículo 17 del mismo régimen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 256. XXXII. REX
Consolidacion de creditos Ley 24.624 Caja nacional de ahorro y seguro Liquidacion Embargos Cobro de seguro Recurso extraordinario federal Arbitrariedad Articulo 19 Articulo 17.

¿Quién es el actor?

Saturnino Roberto Herrera.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de un seguro.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario respecto de la aplicación del artículo 19 de la ley 24.624, revocó la sentencia apelada con ese alcance y dispuso el levantamiento de los embargos; desestimó el recurso en lo restante. Las costas se impusieron en el orden causado. El Dr. Moline O'Connor votó en disidencia por considerar inadmisible el recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"el planteo referente a la aplicación del art. 19 de la ley 24.624 remite al examen de una cuestión sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal in re L.938 y L.935.XXXII 'La Austral Cía. de Seguros S.A. c/ LADE s/ faltante y/o avería de carga transporte aéreo' fallada en la fecha. En atención a ello corresponde disponer el levantamiento de los embargos que han sido objeto de la decisión apelada."

"en lo concerniente a la consolidación del crédito del actor con apoyo en lo dispuesto por el art. 17 del citado régimen legal cabe señalar que el recurrente no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada (Fallos: 270:176; 302:795 y 1564; 303:972; 304:1087 y 311:2619)."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • Ley 24.624arts. 17, 19 · Presupuesto general de la adm. nacional 1996
  • CPCCNarts. 68, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • La Austral Cía. de Seguros S.A. c/ LADE s/ faltante y/o avería de carga transporte aéreoCSJN
  • Fallos 270:176CSJN
  • Fallos 302:795CSJN
  • Fallos 303:972CSJN
  • Fallos 304:1087CSJN
  • Fallos 311:2619CSJN

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