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Corte Suprema

VENTURA ANGEL GREGORIO c/ INPS-CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA TRABAJAD ORES AUTON s/REAJUSTES VARIOS

Los titulares de jubilaciones de trabajadores autónomos reclamaron el reajuste de sus haberes por movilidad. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS, revocó la sentencia y ordenó aplicar, para el período desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, el alcance fijado en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 745. XXXII. REX
Movilidad jubilatoria Haberes previsionales Trabajadores autonomos Recurso extraordinario Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Reajuste previsional Anses Caja previsional.

¿Quién es el actor?

Gregorio Ventura Ángel y otros (conjunto de causas acumuladas de titulares de prestaciones de la Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos).

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos / ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la ANSeS y se revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios. Para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia del régimen de la ley 24.241, se ordenó aplicar la movilidad según el alcance fijado en el precedente "Chocobar" (C.278.XXVIII, 27/12/1996).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que la cuestión resulta sustancialmente análoga a la examinada en la causa A.51.XXX "Aguiar López, Eduardo" (fallada el 10/12/1997), a cuyas consideraciones se remitió "en lo pertinente, por razón de brevedad". Respecto del sistema de topes máximos, la mayoría remitió a lo resuelto en "Del Azar Suaya, Abraham" (D.429.XXVIII, 25/09/1997).

¿Cómo votaron los jueces?

Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia, remitiéndose, en lo pertinente, a sus disidencias en la causa "Aguiar López". Esa disidencia no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 27/12/1996
  • Aguiar López, Eduardo c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 10/12/1997
  • Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997

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