BIANCIOTTI FRANCISCO JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la ANSeS y revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios, ordenando aplicar a la movilidad del período 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241 el alcance fijado en el precedente Chocobar. Los jueces Fayt, Belluscio y Bossert votaron en disidencia.
¿Quién es el actor?
Francisco Juan Biancotti y otros (la causa acumula más de cien expedientes de jubilados de la Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos, entre ellos B.213.XXXII, A.272.XXVI, A.292.XXVI, A.1073.XXXII y otros).
¿A quién se demanda?
ANSeS / INPS-Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes de los haberes previsionales por movilidad, en los términos de los reclamos de cada beneficiario.
¿Qué se resolvió?
la Corte, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia en cuanto fue materia de agravios. Respecto de la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241, ordenó aplicar el alcance fijado en el precedente "Chocobar" (C.278.XXVIII, fallado el 27 de diciembre de 1996). Los jueces Fayt, Belluscio y Bossert se remitieron, en lo pertinente, a sus disidencias en la causa A.51.XXX "Aguiar López".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la sentencia remite, por razones de brevedad, a las consideraciones de la causa A.51.XXX "Aguiar López, Eduardo c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos s/ reajustes por movilidad" (votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, del 10 de diciembre de 1997). Asimismo, respecto del sistema de topes máximos, los jueces Nazareno, Belluscio, Boggiano, Bossert y López remiten a lo resuelto en "Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles" (D.429.XXVIII, del 25 de setiembre de 1997). Los jueces Fayt, Belluscio y Bossert se remiten a sus disidencias en "Aguiar López". No se transcriben fundamentos adicionales en el texto, por lo que la motivación se apoya en esos precedentes.
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
- Aguiar López, Eduardo c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos s/ reajustes por movilidadCSJN · 10/12/1997
- Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 25/09/1997
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