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Corte Suprema

SCARPATO DE LOBIANCO ANA LUCIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la actora en el reclamo por reajustes por movilidad previsional y ordenó a la ANSeS cumplir con la parte consentida del fallo. El tribunal remitió los planteos sustancialmente análogos a lo resuelto en la causa Badaro y desestimó, por extemporáneos, los cuestionamientos vinculados a Chocobar y Sánchez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 853. XXXVIII. ROR
Movilidad previsional Reajuste de haberes Anses Recurso ordinario Cosa juzgada Precedente badaro Precedente chocobar Precedente sanchez Precedente heit rupp Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Ana Lucía Scarpato de Lobianco.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de su haber previsional.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedente el recurso ordinario deducido por la actora y dispuso que la ANSeS dé cumplimiento a la parte consentida del fallo impugnado, remitiéndose las actuaciones y debiendo ser devueltas oportunamente a los fines indicados en la causa "Badaro" si la parte actora lo requiriese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos que se refieren al precedente de Fallos: 322:2226 ('Heit Rupp') y el pedido de que se fije un método de movilidad para el período posterior al 30 de marzo de 1995, más particularmente desde el 11 de enero de 2002, llevan a la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"Las impugnaciones que se refieren a la necesidad de revisar el precedente de Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), así como el planteo formulado con posterioridad al vencimiento de los plazos y tendiente a que se aplique lo decidido en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), son el fruto de una reflexión tardía."

"Lo resuelto al respecto por el juez de primera instancia quedó firme al haber desistido la actora de su apelación ante la cámara, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate que se encuentra clausurado en instancias anteriores."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Cortiñaz, Susana EmiliaCSJN · 09/08/2005
  • Andino, BasilioCSJN · 09/08/2005

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