JurisprudenciaARG
Corte Suprema

VERDE OLGA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema revocó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463 por no existir un perjuicio concreto al actor, por lo que las normas se declararon en abstracto. Confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa pasiva de interés y ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a la parte firme del fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 1203. XXXVIII. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 24.463 Inconstitucionalidad en abstracto Perjuicio concreto Tasa pasiva de interes Haber inicial Anses Badaro Spitale

¿Quién es el actor?

Olga Verde.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de su haber jubilatorio; nuevo cálculo del haber inicial, pautas de movilidad y declaración de inconstitucionalidad de los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios; se confirmó la sentencia apelada con el alcance indicado en "Spitale"; se revocó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463; y se hizo saber a la ANSeS que debe cumplir la parte firme del fallo impugnado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la tasa pasiva de interés: "los planteos de la demandada relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad".

Sobre la inconstitucionalidad: "son procedentes los agravios de la ANSeS respecto de los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463, ya que no surge de la presente causa el perjuicio concreto que su aplicación podría haberle ocasionado al actor, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de dichas normas ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada".

Sobre los restantes agravios de la demandada: "carecen de fundamento, ya que no se refieren a aspectos específicos de la sentencia apelada, circunstancia que lleva a declararlos desiertos".

Sobre las objeciones del jubilado (precedentes "Heit Rupp" y método de movilidad posterior al 30/3/1995 y al 11/1/2002): remiten a temas "sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios'", cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 22, 23, 19 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006

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