VIELMO ROMANO c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Vielmo Romano y otro reclamaron a la ANSeS el reajuste de sus haberes previsionales por movilidad, con cuestionamientos sobre el sistema de topes, la tasa de intereses y el período previo a la ley 24.241. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó aplicar la movilidad según lo fijado en el precedente Chocobar.
¿Quién es el actor?
Vielmo Romano y otro (beneficiarios de la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, y Ricardo Segundo Montero en la causa acumulada).
¿A quién se demanda?
INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles / ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes por movilidad de haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias apeladas. En cuanto a la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia del régimen de la ley 24.241, ordenó aplicarla según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron, en cuanto al fondo, a sus disidencias en Chocobar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Chocobar' (Fallos: 319:3241) y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV. 'Bertone, Rogelio Héctor' del 15 de julio de 1997, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitia, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Prevision de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad', mayoría y votos concurrentes, fallada con fecha 31 de octubre de 1997."
"Que los agravios referentes a la tasa de intereses suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por la Corte en las causas B.876.XXV 'Banco Sudameris c/ Belcam S.A. y otra' del 17 de mayo de 1994 y G.602.XXVIII 'Gil, Arnaldo Vicente' del 12 de marzo de 1996, de las que resulta el criterio concurrente, adverso a la procedencia del recurso, de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, Petracchi, López, Bossert y Vázquez."
"Los jueces Fayt y Boggiano se remiten, en lo pertinente, a sus votos sobre el tema en las causas L.44.XXIV 'López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.', voto mayoritario y A.179.XXIV 'Acopionor SA s/ Concurso preventivo', falladas con fechas 10 de junio de 1992 y 9 de junio de 1994, respectivamente."
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · 27/08/1997 · Fallos 319:3241
- Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
- Beitia, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Prevision de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 31/10/1997
- Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997
- Banco Sudameris c/ Belcam S.A. y otraCSJN · 17/05/1994
- Gil, Arnaldo VicenteCSJN · 12/03/1996
- López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.CSJN · 10/06/1992
- Acopionor SA s/ Concurso preventivoCSJN · 09/06/1994
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