TORRES SERVANDO c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTE POR MOVILIDAD
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS y revocó las sentencias en lo que fue materia de agravios, en reclamos de reajuste previsional por movilidad. El tribunal admitió la movilidad para el período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, siguiendo los precedentes Chocobar y Cordaro.
¿Quién es el actor?
Los distintos beneficiarios previsionales que promovieron los reclamos (Servando Torres, José Baldi, José Manuel Sánchez, María Smith, Saverio Riso, Jorge Sindulfo Murúa, Guerino Lovato, Lafalce y Juan Raymundo Garone), según los expedientes acumulados.
¿A quién se demanda?
ANSeS, Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos e INPS, según cada causa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales por movilidad, tasa de intereses y aplicación del sistema de topes máximos.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias en cuanto fueron materia de agravios. Admitió la movilidad por el período desde el 11 de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, según el criterio de "Chocobar" y "Cordaro". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert votaron en disidencia, remitiéndose a sus votos en "Cordaro".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en las presentes actuaciones son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.69.XXV. 'Cordaro, Pascual c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos', fallada con fecha 17 de marzo de 1998, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que los agravios referentes a la tasa de intereses suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por la Corte en las causas 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507) y G.602.XXVIII. 'Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' del 12 de marzo de 1996, de las que resulta el criterio concurrente, adverso a la procedencia del recurso, de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, Petracchi, López, Bossert y Vázquez."
"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas D.429.XXVIII. 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad' fallada con fecha 31 de octubre de 1997."
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- Cordaro, Pascual c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 17/03/1998
- Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
- Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 12/03/1996
- LópezCSJN · Fallos 315:1209
- Acopionor SACSJN · Fallos 317:585
- Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
- Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 31/10/1997
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